Estado dominicano solicita el TSA rescisión de contratos con Falconbridge y Gas & Oil Energy GOE
Falcondo es una compañía minera que opera en la República Dominicana desde el año 1956
El Estado dominicano a través del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (Fonper), depositó ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA) una demanda de rescisión de contratos contra la minera Falconbridge Dominicana, S.A. (Falcondo) y la empresa Gas & Oil Energy GOE, S.R.L., alegando múltiples incumplimientos contractuales, violaciones a la legislación ambiental y laboral, así como la venta irregular de bienes vinculados a la concesión minera.
La acción legal fue presentada por los abogados Eric Raful Pérez y Lilia Fernández León, de la firma León & Raful, quienes solicitaron al TSA declarar la nulidad de los contratos de concesión firmados entre el Estado y Falcondo desde 1956, así como de los convenios complementarios y adendas posteriores.
La demanda establece que Falconbridge incumplió de manera reiterada sus obligaciones medioambientales, al no rehabilitar áreas degradadas ni manejar adecuadamente los residuos tóxicos, generando un grave deterioro ecológico en la zona de Quita Sueño de Haina, provincia San Cristóbal.
El documento explica que informes preliminares valoran los daños ocasionados en más de 25 millones de dólares, en violación a lo dispuesto por la Ley 64-00 de Medio Ambiente y a cláusulas expresas del contrato de concesión.
En el aspecto laboral, se señala que desde 2023 la empresa violó las normas de protección a los trabajadores provocando la intervención del Ministerio de Trabajo, sin que se cumplieran los compromisos de pago de salarios y beneficios adquiridos.
De acuerdo con la demanda, estas prácticas representan una transgresión directa de las obligaciones contractuales y legales frente al Estado y los empleados dominicanos.
El Fonper también acusó a Falconbridge de haber abandonado en 2024 la concesión minera, dejando a miles de trabajadores desempleados y a comunidades afectadas en condiciones de deterioro social, económico, sanitario y ambiental.
Este abandono, según la demanda, constituye un incumplimiento grave que faculta al Estado a rescindir unilateralmente los contratos.
Otro de los puntos centrales de la solicitud ante el TSA es la venta realizada el 22 de enero de 2024, cuando Falconbridge traspasó a la empresa Gas & Oil Energy GOE seis inmuebles vinculados directamente a la concesión minera, ubicados en San Cristóbal, por un monto de 11 millones de dólares.
Dichos bienes incluyen tanques de almacenamiento de hidrocarburos y oleoductos que formaban parte integral de la concesión otorgada por el Estado, lo que convierte la operación en nula de pleno derecho, por haberse realizado sin autorización del Ministerio de Energía y Minas.
Asimismo, detalla la petición judicial que posteriormente, GOE procedió a fusionar y subdividir los terrenos adquiridos, con el objetivo de simular legalidad en una operación que carece de validez.
De igual manera solicita declarar válida y procedente la demanda, rescindir el contrato de 1956 ratificado en 1957, así como el contrato de concesión suscrito en 1969 y ratificado en ese mismo año, y hacer extensiva la rescisión a cualquier adenda o convenio derivado de dichos acuerdos.
El primer contrato entre el Estado dominicano y Falconbridge fue firmado en 1956 y ratificado por el Congreso en 1957, otorgando derechos exclusivos de explotación minera.
Luego, en 1969 y 1971 se suscribieron convenios suplementarios y concesiones adicionales que incluyeron facilidades en el puerto de Haina, desde donde la empresa realizó sus operaciones de exportación de ferroníquel.
El Estado sostiene que la acumulación de incumplimientos por parte de Falconbridge constituye faltas graves y reiteradas que afectan el patrimonio público, el medioambiente y los derechos laborales, razón por la cual procede la rescisión unilateral de los contratos